¿Cómo se financia?

Conozca cómo el Seguro de Cesantía obtiene su recaudación, porcentajes de pago y el periodo máximo de cotización para una relación laboral.

El Seguro de Cesantía, compuesto por la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), es financiado por el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a) a AFC (con un tope de 126,6 UF para el 2024).

Este 3% es aportado de manera obligatoria -en distintas proporciones- por el(la) trabajador(a) y su empleador(a), de acuerdo al tipo de contrato:

1) Primer caso: Trabajadores(as) con contrato a plazo fijo o por obra:

 

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Empleador

2,8%

0,2%

Trabajador

0%

0%

Total

3%

Imagen

2) Segundo caso: Trabajadores(as) con contrato indefinido

 

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Empleador

1,6%

0,8%

Trabajador

0,6%

0%

Total

3%

Imagen

3) Tercer caso: Trabajadores(as) de casa particular

Los(as) trabajadores(as) de casa particular son parte del Seguro de Cesantía desde octubre de 2020 y cuentan con los mismos beneficios.

La única diferencia radica en el valor de la cotización previsional, que en el caso de los(as) trabajadores(as) corresponde a un 4,11% de la remuneración imponible, la que debe ser pagada por su empleador(a) en su totalidad.

 

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Cuenta de Ahorro de Indemnización (AFP)

Empleador

2,2%

0,8%

1,11%

Trabajador

0%

0%

0%

Total

4,11%

Imagen

Resumen de porcentajes de pago

¿Cómo se financia el Seguro de Cesantía?

¿Cuál es el período máximo de cotización para una relación laboral?

El período máximo de cotización es de 11 años por cada relación laboral que mantenga el trabajador o trabajadora.

Una vez que se alcanza ese plazo, su empleador(a) deberá continuar aportando al Fondo de Cesantía Solidario (0.8%) mientras se mantenga vigente el contrato de trabajo.

 

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¿Cuál es el siguiente paso?

Información de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC)