¿Qué es el Seguro?

Infórmese de las características del Seguro, cómo puede obtener el beneficio, a quiénes cubre y el marco legal vigente.

El Seguro de Cesantía es un derecho que protege a todos(as) los(as) trabajadores(as) afiliados(as) a AFC Chile en caso de quedar cesantes, sea por:

  • Causas voluntarias (renuncia)
  • Causas involuntarias (despido o fin de contrato)

¿Qué debo tener en cuenta para acceder al Seguro de Cesantía?

  • Estar afiliado(a) a AFC Chile.
  • Estar cesante y contar con un contrato regulado por el Código del Trabajo, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o si es trabajador(a) de casa particular.
  • Poseer cédula nacional chilena.

Para acceder a los beneficios del Seguro, el(la) afiliado(a) deberá:

Para más información sobre los documentos a presentar y los requisitos, visite este enlace.

¿A quiénes cubre el seguro?

Usted estará afiliado(a) automáticamente al Seguro de Cesantía si:

  • Es mayor de 18 años.
  • Su contrato laboral se encuentra regido por el Código del Trabajo, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o es trabajador(a) de casa particular.
  • Fue contratado(a) con posterioridad al 2 de octubre de 2002.

Recuerde que la afiliación de quienes hayan sido contratados(as) antes del 2 de octubre de 2002 es voluntaria.

Revise si usted está afiliado(a) al Seguro de Cesantía y qué debe hacer en caso de no estarlo.

¿Quiénes no se encuentran cubiertos por el seguro?

De acuerdo a lo que establece la ley, el Seguro de Cesantía no rige para:

  • Trabajadores(as) del sector público.
  • Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden.
  • Trabajadores(as) independientes.
  • Menores de 18 años.
  • Trabajadores(as) con contrato de aprendizaje.
  • Trabajadores(as) pensionados(as), excepto los(as) pensionados(as) por invalidez parcial.
  • Trabajadores(as) que participan como socios(as) (mayoritario(a) o igualitario(a)) y que administran o representan a la empresa que informan como empleador(a).

Marco legal

El Seguro de Cesantía tiene sustento en la ley 19.728, que entró en vigencia en octubre de 2002, y cubre a los(as) trabajadores(as) cuyo contrato está regulado por el Código del Trabajo.

 

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¿Cuál es el siguiente paso?

¿Cómo se financia el Seguro de Cesantía?