Preguntas frecuentes

Como empleador debe informar movimientos de personal, pagar las cotizaciones del Seguro dentro de plazo, declarar correctamente el tipo de contrato, regularizar deudas o errores y mantener la información laboral de sus trabajadores actualizada. También debe orientar a sus trabajadores cuando necesiten información básica del Seguro.

Debe pagar las cotizaciones del mes anterior dentro de los plazos legales.Pago presencial dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente y pago electrónico hasta el día 13, con condiciones horarias y canales específicos.

El porcentaje depende del tipo de contrato. En contrato indefinido, el aporte se distribuye entre la persona trabajadora y el empleador. En contrato a plazo fijo, por obra o faena, el aporte lo paga el empleador. En trabajadores de casa particular, el empleador paga la cotización completa.

Como empleador, debe pagar las cotizaciones del Seguro de Cesantía dentro de los plazos establecidos.

Puede realizar el pago en línea a través de Previred, para todos los trabajadores, incluidos los de casa particular. Si su empresa está afiliada a la caja de compensación La Araucana, también puede pagar en laaraucana.cl.

El pago electrónico puede realizarse hasta el día 13 del mes siguiente al pago de remuneraciones, hasta las 14:00 horas. Si realiza el pago de manera presencial, debe hacerlo dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al pago de remuneraciones.”

Sí. Puede pagar por Previred las cotizaciones de todos los trabajadores, incluidos los de casa particular. El sistema calcula los porcentajes que correspondan según el tipo de contrato.

Sí, puede declarar las cotizaciones sin pagarlas, pero eso genera una deuda que debe regularizar. Si no se paga dentro de plazo, puede iniciarse cobranza prejudicial o judicial, según corresponda.

Las cotizaciones no pagadas dentro de plazo generan deuda, intereses y recargos. Además, el trabajador puede reclamar ante AFC adjuntando su contrato y liquidación de sueldo. Esto puede derivar en acciones de cobro contra la empresa. Regularice el pago lo antes posible y revise en su sesión privada si existen cotizaciones pendientes o por aclarar.

La Declaración y No Pago (DNP) es una deuda reconocida por el empleador. La Declaración y No Pago Automática (DNPA) y la mora presunta pueden generarse cuando existen antecedentes que indican cotizaciones pendientes o inconsistencias. Si registra deuda o mora, revise el detalle en su sesión privada y regularice con los documentos y pagos que correspondan.

Ingrese a su sesión con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC con el perfil de empleador para revisar deudas, rezagos, pagos por aclarar o pagos en exceso. AFC podrá solicitar antecedentes para corregir o regularizar los registros. No realice nuevos pagos sin verificar primero el origen de la inconsistencia.

Debe informar contrataciones, términos de relación laboral, cambios de tipo de contrato y permisos sin goce de sueldo u otros movimientos que afecten el pago de cotizaciones. Informar estos cambios ayuda a evitar deudas, errores en cotizaciones y problemas al momento de que la persona solicite el Seguro.

Ingrese a su sesión con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC con el perfil de empleador e informe la contratación con los datos de la persona trabajadora y el tipo de contrato. Revise que la información esté correcta, porque influye en la afiliación, cotizaciones y beneficios futuros.

No informar movimientos dentro de plazo puede generar errores en cotizaciones, deudas, cobranzas o dificultades para que la persona trabajadora cobre el Seguro. Regularice la información apenas detecte el error.

Debe informar el término al momento de pagar el finiquito o de comunicar el término de la relación laboral al trabajador. Mantener estos movimientos actualizados ayuda a que sus trabajadores puedan tramitar el Seguro de Cesantía sin demoras.

Si la persona trabajadora tiene licencia médica y mantiene contrato vigente, debe revisar quién debe pagar cada cotización según el tipo de licencia, subsidio y contrato. En caso de duda, revise los antecedentes o regularice con la documentación correspondiente.

Debe incorporarla al Seguro con los datos previsionales disponibles. Si no tiene cédula chilena, puede usarse un Número Identificatorio para Cotizar (NIC) según el procedimiento vigente. Cuando la persona obtenga su RUT definitivo, se debe regularizar la información para asociar correctamente sus cotizaciones.

El trabajador de casa particular está incorporado al Seguro de Cesantía. El empleador debe pagar la cotización correspondiente, informar la relación laboral y mantener sus cotizaciones al día. La cotización incluye componentes destinados al Seguro de Cesantía y a la Cuenta de Ahorro de Indemnización administrada por la AFP, según la distribución vigente.

Cuando una persona se afilia voluntariamente, AFC notifica al empleador dentro del plazo vigente y envía el respaldo de la solicitud registrada. Si la persona le pide apoyo para afiliarse, oriente el trámite desde afc.cl o por los canales habilitados.

Si realizó un pago después del término de la relación laboral, por ejemplo por bonos, horas extra o comisiones, los pagos del Seguro de su extrabajador podrían suspenderse. Complete el certificado aclaratorio e ingréselo a través de su sesión privada para que AFC revise la reanudación de sus pagos.

Ingresando con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC el empleador puede realizar trámites relacionados con el Seguro de Cesantía, como informar movimientos de personal, revisar y regularizar pagos, consultar deuda, aclarar rezagos, emitir certificados y gestionar afiliaciones o registros cuando corresponda.