¿Qué debo hacer cuando un trabajador presenta una licencia médica?

Infórmese sobre el porcentaje de pago, el cálculo de la cotización y cómo proceder para evitar pagos en exceso.

El pago de la cotización de un(a) trabajador(a) durante el tiempo que dure su licencia médica sigue siendo responsabilidad de el(la) empleador(a).

El porcentaje que le corresponderá pagar depende del tipo de contrato de el(la) trabajador(a) (2,4% de la remuneración para indefinidos y 3% cuando es a plazo fijo por obra o servicio).

Tenga presente:

Para evitar pagos en exceso, informe aquella cotización con la que se calculó el aporte de el(la) empleador(a).
Consigne el código de movimiento de personal N° 3 ingresando a Planilla de Pagos de Cotizaciones previsionales del Seguro de Cesantía.

Pasos a seguir:

  • En la Planilla de Pagos de cotizaciones previsionales del Seguro de Cesantía, identifique la sección “Seguro de Cesantía”
  • En la columna de “Remuneración Imponible” debe indicar aquella cotización con la que se calculó el aporte del Empleador
  • En el recuadro de “Movimientos en los registros del personal” usted deberá indicar que este corresponde a un código 3.

¿Cómo se calcula la cotización?

En caso de licencia, la cotización debe considerar dos factores:

  • Días no trabajados: En base a la renta imponible efectuada el mes anterior al inicio de la licencia.
  • Días trabajados: En base a la remuneración percibida en dicho mes.

En caso de contrato indefinido: ¿Qué ocurre con la cotización de cargo de el(la) trabajador(a) ?

El 0,6% que debe pagar el(la) trabajador(a) , cuando se rige por este tipo de contrato, se calcula sobre los días efectivamente trabajados en el mes de la respectiva cotización.

En este caso, la cotización del 0,6% la retiene y paga la entidad a cargo del Subsidio de Incapacidad Laboral (Isapre, Fonasa y mutuales), durante el tiempo que dure la licencia.

¿Qué ocurre si no pago las cotizaciones de un(a) trabajador(a) durante la licencia médica?

Si no efectúa el pago de las cotizaciones de un(a) trabajador(a) durante el período de licencia médica, usted debe:

  • Realizar los cálculos de reajustes e intereses.
  • Pagar en un agente recaudador (Servipag o BancoEstado).

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