Informe los movimientos de personal

Comunique a AFC la contratación o inicio de servicios, desvinculaciones o cese de servicios, cambios de tipo de contrato y permisos sin goce de sueldo.

Como empleador(a), usted tiene el deber de registrar e informar los movimientos del personal de su empresa.

¿Qué movimientos debo informar a AFC Chile?

  • Contratación o iniciación de servicios: Debe dar aviso del inicio de la relación laboral con un(a) trabajador(a).
  • Desvinculación o cese de servicios: El(la) empleador(a) debe dar aviso del fin de la relación laboral con un(a) trabajador(a).
  • Cambio de tipo de contrato: Se debe informar del paso del contrato de un(a) trabajador(a) de plazo fijo o por obra, a plazo indefinido. Tenga presente que este tipo de movimiento implica un cambio en los porcentajes de aporte a las cotizaciones.
  • Permisos sin goce de sueldo: En caso de que un(a) trabajador(a) se encuentre en esta situación, se deben informar los períodos que eximen del pago de cotizaciones.

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¿Cuál es el siguiente paso?

¿Dónde y en qué plazo debo informar los movimientos de personal?

¿Qué pasa si no informo los movimientos de personal?