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Comisión de base vigente

Como única retribución por el trabajo que desarrolla AFC Chile, la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía tiene derecho a cobrar una comisión de base anual del 0,43% sobre el saldo de los fondos. Solo están sujetas al cobro de comisión las cuentas de los(as) trabajadores(as) que se encuentren efectivamente cotizando con al menos un(a) empleador(a).

Sin perjuicio de ello, la Ley 20.829 del 25 de abril de 2015 faculta a AFC Chile para recibir una retribución, que se determina calculando la comisión base por los recursos del Fondo de Cesantía Solidario que se destinen al pago de los beneficios contemplados en dicha ley que reciban aquellos(as) beneficiarios(as) que anteriormente no hubiesen tenido derecho a ellas.

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Directorio y Administración Superior AFC

Administración de los Fondos de Cesantía