Importante: le informamos que el viernes 24 de octubre nuestro Contact Center atenderá hasta las 16:30 horas. Por su parte, las sucursales virtuales, de afiliados de empleadores, se encontrarán en mantención hasta las 10 horas del sábado 25, por lo que podrían presentar intermitencias. Agradecemos su comprensión.
Nueva Crianza Protegida: ¿su solicitud fue rechazada?
Conozca qué hacer en caso de que su suscripción a este beneficio no haya sido aprobada.
El 30 de septiembre finalizó el plazo para suscribir a Nueva Crianza Protegida, beneficio orientado a afiliados al Seguro de Cesantía que son padres, madres o cuidadores(as) de niños en edad preescolar e hicieron uso de una o más licencias médicas preventivas parentales, correspondientes al Postnatal de Emergencia.
Puntualmente, este beneficio permite a estos trabajadores suscribir una suspensión laboral por hasta tres meses y percibir entre un 70% y un 100% del monto mensual de la licencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos.
Sin embargo, si usted postuló dentro del plazo señalado, puede que su solicitud haya sido rechazada por alguna causal, siendo las más frecuentes:
• AFC no registra información de la existencia de su licencia médica preventiva parental.
• AFC no registra información del monto de su licencia.
• La fecha de suspensión solicitada coincide con una licencia médica vigente.
• La fecha de suspensión solicitada coincide con otra suspensión laboral vigente.
¿Qué hacer en caso de rechazo?
Para apelar a la causal de rechazo o resolver dudas, usted puede escribir a la casilla clientes@afc.cl con sus datos personales, adjuntando la copia de su licencia y los respectivos comprobantes de pago.
¡Importante! AFC es la responsable de la tramitación y entrega del beneficio solo en el caso de trabajadores del sector privado, regidos por el Código del Trabajo y afiliados al Seguro de Cesantía. En el caso de los trabajadores del sector público e independientes, la tramitación se realiza a través del organismo empleador y del Instituto de Previsión Social (IPS), respectivamente.