Hasta el 30 septiembre se puede suscribir a suspensión laboral por Nueva Crianza Protegida Postnatal de emergencia
Se termina el estado de excepción y con ello el plazo para solicitar este beneficio.
Hasta este jueves 30 de septiembre se puede solicitar la suspensión laboral bajo el beneficio Nueva Crianza Protegida, también conocido como extensión del Postnatal de Emergencia, por un periodo máximo de tres meses.
Los trabajadores que suscriban el beneficio hasta el 30 de septiembre o quienes actualmente se encuentren suspendidos, continuarán recibiendo los pagos hasta la fecha suscrita, independiente del término del estado de excepción y con un tope de 90 días totales.
El proceso de suscripción se realiza de manera 100% digital en el portal pactos.afc.cl solo en el caso de trabajadores/as del sector privado, regidos bajo el Código del Trabajo y afiliados al Seguro de Cesantía. Los trabajadores del sector público e independientes deben tramitar a través de su organismo empleador y del Instituto de Previsión Social (IPS), respectivamente.
¿Cuáles son los requisitos?
Para acceder a Nueva Crianza Protegida, el trabajador/a debe haber cursado al menos una licencia médica preventiva parental (LMPP) por Postnatal de Emergencia y registrar un mínimo de cotizaciones:
- 3 cotizaciones continuas e inmediatamente anteriores al mes en que comienza a regir la suspensión.
- O bien, 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos doce meses. Las dos últimas deben ser con el mismo empleador en los meses inmediatamente anteriores al comienzo de la suspensión.
Cabe señalar que la licencia médica preventiva parental debe estar tramitada y finalizada a la fecha de inicio de la suspensión. Además, la licencia debe haber sido cursada con el mismo empleador que suscribe el beneficio.
Más información de los requisitos y condiciones.
Plazos de solicitud de Crianza protegida
En el caso de la Ley de Crianza Protegida, que permite la suspensión laboral para el cuidado personal de niños/as cuyos establecimientos educacionales se encuentren cerrados por la contingencia sanitaria, la fecha de vencimiento es el 6 de octubre y los trabajadores acogidos actualmente a dicho beneficio, recibirán sus pagos pendientes de forma proporcional solo hasta esa fecha.
Más información de suspensión laboral por Crianza protegida.