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Empleadores

Ya se encuentra disponible la plataforma para suscribir Nueva Crianza Protegida

¡Atención! Hasta el 30 de septiembre se extiende el plazo para que los empleadores(as) puedan solicitar el beneficio de Nueva Crianza Protegida.

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Con la ampliación del estado de excepción constitucional hasta el 30 de septiembre, se extiende el plazo para que los empleadores pueden solicitar el beneficio Nueva Crianza Protegida.

Esta prestación está orientada a trabajadores(as) que sean madres, padres y cuidadores de niños que hayan hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.

Los trabajadores que cumplan con los requisitos pueden suscribir suspensión laboral por hasta tres meses y percibir entre un 70% y 100% del monto mensual de la licencia:

  • Monto mensual de la licencia de hasta $1.000.000: recibe 100% del monto de la licencia.
  • Monto mensual de la licencia superior a $1.000.000: recibe el monto mayor entre el 70% de lo recibido como licencia o $1.000.000.

En el caso de trabajadores del sector privado, y regidos por el Código del Trabajo, el beneficio puede ser solicitado de manera 100% digital en AFC, en el portal pactos.afc.cl. En tanto, los trabajadores del sector público deben tramitar a través de su organismo empleador e independientes ante el IPS.

¿Cuáles son los requisitos?

Para acceder a Nueva Crianza Protegida, beneficio vigente desde el 14 de junio, el(la) trabajador(a) debe haber cursado al menos una licencia médica preventiva parental (LMPP) y registrar un mínimo de cotizaciones:

  • 3 cotizaciones continuas e inmediatamente anteriores al mes en que comienza a regir la suspensión.
  • O bien, 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos doce meses. Las dos últimas deben ser con el mismo empleador en los meses inmediatamente anteriores al comienzo de la suspensión.

Revise este enlace para más información sobre este beneficio y cómo realizar la solicitud.