Requisitos para realizar el retiro

Revise si su tipo de pensión le permite retirar el saldo de su Cuenta Individual de Cesantía y qué documentos necesita según su caso.

Si usted está afiliado(a) al Seguro de Cesantía y ya es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de su Cuenta Individual. Esto incluye a quienes siguen trabajando como trabajador(a) de casa particular.

También puede traspasar sus fondos, de forma parcial o total, a su cuenta de ahorro previsional en su AFP. Ese trámite debe solicitarlo directamente con su Administradora de Fondos de Pensiones.

Tenga presente:

Si su pensión es pagada por una AFP, no necesita presentar documentos para el trámite en línea. Si lo realiza de forma presencial, solo debe llevar su cédula de identidad vigente.

  • Pensión pagada por una AFP: vejez (edad legal o anticipada), invalidez total con certificado de la AFP, o invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado.
  • Pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
  • Pensión de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
  • Pensión del régimen previsional antiguo (IPS).
  • Pensión por enfermedad terminal (Ley 21.309).

Usted no puede retirar los fondos de su Cuenta Individual si cuenta con alguna de estas pensiones:

  • Invalidez total por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, pagada por una mutual (ACHS, Mutual de Seguridad, IST o ISL).
  • Pensiones de gracia, de reparación, de exonerado político, de víctima de las comisiones Rettig o Valech, o de viudez.
  • Pensiones preliminares.
  • Invalidez parcial definitiva con saldo retenido (sin liberar).

Si tiene alguna de estas pensiones y se encuentra sin trabajo, puede acceder al Seguro como trabajador(a) cesante, si cumple los requisitos correspondientes.

→ Ver también: Cómo cobrar el Seguro de Cesantía

Su situación Documentos que debe presentar
Pensión pagada por una AFP, vejez, invalidez total o parcial Ninguno. Si el trámite es presencial, solo cédula de identidad vigente.
Pensión de vejez anticipada por trabajo pesado Ninguno. Si el trámite es presencial, solo cédula de identidad vigente.
Pensión de IPS, CAPREDENA o DIPRECA Cédula de identidad vigente, última liquidación de pago de pensión y certificado de resolución de pensión de la institución correspondiente.
Pensión de una institución extranjera Certificado de la institución previsional que indique su calidad de pensionado y la fecha de inicio, apostillado o legalizado en el consulado chileno y en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

Puede autorizar a otra persona mediante un poder notarial.

Descargue el mandato notarial para pensionados

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