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¿Qué es el Fondo de Cesantía Solidario? (FCS)

Revise las características de este fondo, cómo se financia y cuáles son los requisitos para que usted pueda acceder a este beneficio.

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Si usted no cuenta con los recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía para poder solicitar el beneficio del Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario.

Requisitos para acceder

En esta situación, el afiliado(a) puede solicitar el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante al momento de la solicitud.
  • Tener recursos insuficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) para financiar el beneficio, de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
  • Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) durante los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar abonadas con anterioridad a la fecha de término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro, hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • El contrato de trabajo debe haber terminado por alguna de las siguientes causales contempladas en el Código del Trabajo o en el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública:
Código del trabajo Ley 21.109 de asistentes de la educación
Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. 159-4) Vencimiento del plazo de contrato (Art. 33 e)
Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. 159-5) Ajustes por necesidades de la empresa (Art. 34)
Caso fortuito o fuerza mayor (Art. 159-6)  
Necesidades de la empresa (Art. 161)  
Quiebra del empleador (Art. 163 bis)  

 

¿Cuántos serán los pagos si recibo el beneficio?

Usted puede recibir 5 pagos, tanto si contó con contrato a plazo fijo, por obra o indefinido.

Pagos y montos en caso de tener Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado

Mes

% promedio de remuneraciones de los últimos 10 meses

Valor inferior

Valor superior

1

60%

$226.988

$756.628

2

40%

$151.326

$504.420

3

35%

$132.411

$441.367

4

30%

$113.493

$378.315

5

30%

$113.493

$378.315

*Valores vigentes hasta el 28 de febrero de 2025, conforme a lo dispuesto en la resolución exenta n°253 de la SP del 16/02/2024.

Pagos y montos en caso de tener Contrato indefinido o de trabajador de casa particular

Mes

% promedio de remuneraciones de los últimos 10 meses

Valor inferior

Valor superior

1

70%

$264.820

$882.733

2

60%

$226.988

$756.628

3

45%

$170.241

$567.470

4

40%

$151.326

$504.420

5

35%

$132.411

$441.367

*Valores vigentes hasta el 28 de febrero de 2025, conforme a lo dispuesto en la resolución exenta n°253 de la SP del 16/02/2024.

¿Si estoy recibiendo mis pagos desde la Cuenta Individual, puedo solicitar el Fondo de Cesantía Solidario cuando finalicen esos pagos?

Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. En caso de cumplirlos, en ese momento el afiliado(a) debe manifestar su voluntad de acceder o no a los beneficios del FCS.

Si opta por financiar sus pagos solo con la Cuenta Individual, no tendrá derecho a solicitar el Fondo de Cesantía Solidario de forma posterior, aun cuando sus fondos se hayan agotado.

 

¿Cuántas veces se puede solicitar el Fondo de Cesantía Solidario?

  • Una persona puede acceder hasta 10 giros en 5 años.
  • Quienes no tienen derecho al Seguro de Cesantía pueden solicitar el subsidio de cesantía, pagado por el IPS y Caja de Compensaciones, siempre que cumplan con los requisitos.

 

¿Existen pagos adicionales por Fondo de Cesantía Solidario?

Si usted permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del Fondo de Cesantía Solidario, independiente del tipo de contrato que tuvo, puede recibir 2 pagos adicionales con cargo al FCS. Esto, siempre que la Tasa Nacional de Desempleo, informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), supere por un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos 4 años.

Ambos pagos corresponden al 30% de la remuneración, como se detalla en la siguiente tabla:

Pago adicional

Porcentaje de la remuneración

Valor inferior

Valor superior

Primero

30%

$113.493

$378.315

Segundo

30%

$113.493

$378.315

*Valores vigentes hasta el 28 de febrero de 2025, conforme a lo dispuesto en la resolución exenta n°253 de la SP del 16/02/2024.

Actualmente no existen las condiciones para pagos adicionales.

Otros beneficios del Fondo de Cesantía Solidario

  • Cobertura de salud: a través de Fonasa.
  • Aporte a AFP: correspondiente al 10% del pago mensual realizado.
  • Asignación familiar: para quienes se encuentren en los rangos de ingresos 1 y 2 para cargas activas.
  • Cursos de capacitación gratuitos y apoyo para encontrar empleo, a través de la Bolsa Nacional de Empleo. Es importante que usted active su inscripción en BNE como requisito para acceder a los beneficios del Seguro. Revise “Requisitos y condiciones para acceder”.
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¿Cómo se financia el Fondo de Cesantía Solidario?

El Seguro de Cesantía, compuesto por la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), es financiado por:

  • El 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a) (con un tope de 126,6 UF para el 2024), el que es aportado de manera obligatoria en distintas proporciones por el trabajador(a) y su empleador, según el tipo de contrato.

Financiamiento en caso de Contrato a plazo fijo o por obra

  CIC FCS
Empleador(a) 2.8% 0.2%
Trabajador(a) 0% 0%
Total 3%

 

Financiamiento en caso de Contrato indefinido

  CIC FCS
Empleador(a) 1.6% 0.8%
Trabajador(a) 0.6% 0%
Total 3%
  • El Fondo de Cesantía Solidario recibe, además, un aporte anual del Estado de UTM 225.792. 

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¿Cuál es el siguiente paso?

Revise información del Subsidio de Cesantía (IPS-Caja de Compensaciones)