¿Cómo y dónde cobrar el Seguro de Cesantía?

Tramite su Seguro de Cesantía mediante la Sucursal Virtual de Afiliados en 3 simples pasos

Suba su documento de término de contrato

Paso 1

 

Suba su documento de término de contrato

Revise la simulación de pago

Paso 2

 

Revise la simulación de pago

Confirme sus datos de transferencia

Paso 3

 

Confirme sus datos de transferencia

¿Qué debo tener en cuenta?

  1. Usted puede realizar el trámite de cobro de su seguro completamente en línea, de manera rápida y segura a través de la Sucursal Virtual de afiliados, donde puede ingresar de dos maneras:
    • Con su Rut y clave de acceso personal.
    • Con su Rut y Clave Única del Estado.
  2. *Los(as) trabajadores(as) extranjeros(as) que aún no cuentan con cédula de identidad pueden acceder con su Número Identificatorio para Cotizar (NIC).

  3. Revise los requisitos y condiciones para cobrar el Seguro de Cesantía
  4. Una vez realizada la solicitud, y dentro de un plazo de 5 días, AFC Chile le enviará una respuesta al correo electrónico que haya registrado informando de la aprobación del beneficio, monto de los giros y calendario de pago; o bien, las razones del rechazo.

Video explicativo

Tenga presente:

Si usted no cuenta con su clave de acceso personal, puede solicitarla siguiendo estos pasos:

  • En la Sucursal virtual de afiliados ingrese a “Recuperar/solicitar clave”, en caso de que tenga una y no la recuerde.
  • Complete la información solicitada por el sistema: Rut, número de documento o serie (que se encuentra en su cédula identidad) y e-mail. Le llegará una nueva contraseña al correo registrado por usted.
  • En caso de ser trabajador(a) extranjero(a) que no cuenta con cédula de identidad, puede recuperar su clave ingresando su NIC.
  • Si aún no tiene su ClaveÚnica, solicítela ingresando a www.claveunica.gob.cl

Trámite presencial

También puede cobrar su Seguro de Cesantía en las sucursales de AFC Chile. Para ello, planifique su visita y agende sus horas de atención.

¡Evite ir a sucursales los primeros días del mes!

Revise nuestras direcciones y el estado de ellas

¿Cuándo debo tramitar el Seguro y cuándo me pagan?

No es necesario que realice su trámite inmediatamente después del término de su contrato. Le recomendamos realizar su trámite a contar del décimo día desde su fecha de término y, de esta forma, mantendrá la fecha de su primer pago y evitará filas.

El trámite se puede realizar en cualquier momento, siempre que mantenga la condición de cesante, ya que no existe plazo o fecha límite para efectuar la solicitud.

En este enlace, revise las formas y fechas de pago del Seguro de Cesantía.

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¿Cuál es el siguiente paso?

Requisitos y condiciones para cobrar el Seguro de Cesantía